1. Jubilación anticipada 2024 con pensión máxima. Introducción

Intentaremos aclarar la controversia que ha provocado la interpretación que ha realizado la seguridad social, este año 2024, para la jubilación anticipada de aquellas personas que su base reguladora esté por encima del tope máximo de jubilación. También explicaremos, cómo ha resuelto Creinsa la aplicación de la nueva reglamentación en su programa cálculo de pensiones. El redactado que ha generado esa controversia es el siguiente: De acuerdo con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 210.3 del TRLGSS, en los supuestos en los que la pensión calculada según la regla general -entendiendo por tal la que resulte de aplicar a la base reguladora calculada conforme a lo dispuesto en el artículo 209 del TRLGSS el porcentaje por meses cotizados, según lo dispuesto en el artículo 210.1 y la disposición transitoria novena del mismo texto- sea superior al límite máximo de la cuantía inicial de las pensiones que corresponda según lo establecido en el artículo 57 del TRLGSS, los coeficientes reductores por anticipación de la edad recogidos en el artículo 208 del TRLGSS se aplicarán directamente sobre el límite máximo de pensión establecido para el ejercicio correspondiente. Conviene precisar que si bien la redacción literal del segundo párrafo del artículo 210.3 del TRLGSS utiliza la expresión “base reguladora”, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) de 12 de abril de 2023, debe hacerse una labor de interpretación según el contexto de la norma, sus antecedentes históricos, la lógica y finalidad de la norma, atendiendo a lo establecido en el artículo en el artículo 3.1 del Código Civil, y entenderla referida a “pensión”. La seguridad social resuelve que: Por tanto, durante el año 2024, en los supuestos de la pensión de jubilación anticipada por voluntad del interesado del artículo 208 del TRLGSS -salvando los supuestos contemplados en el apartado 3 de la DT 34ª a los que se hará referencia en el siguiente punto-, cuando el importe de la pensión calculada según la regla general sea superior a la cuantía del tope máximo de pensiones establecida para el año en curso, para el cálculo de la pensión que ha de reconocerse, los coeficientes reductores por anticipación de la edad recogidos en las tablas del apartado 2 de la DT 34ª se aplicarán directamente sobre el tope máximo de pensiones correspondiente.

2. ¿A que tipo de jubilaciones afecta?

Si bien el redactado afectaba únicamente a las jubilaciones anticipadas voluntarias, con tal de no hacer de peor condición en ninguno de los casos a las personas que acceden a la jubilación anticipada de forma involuntaria frente a las que accedan voluntariamente, se beneficiaran también de los mismos coeficientes de reducción contra el tope de pensión máxima aquellas personas que accedan a la jubilación anticipada involuntaria en las mismas condiciones que la fijadas para la voluntaria es decir:
  • Carencia de 35 años (incluyendo los meses de servicio militar o prestación social substitutoria, hasta 12 meses).
  • Anticipación entre 1 y 24 meses.

Esto queda también reflejado en el redactado de la seguridad social

Con objeto de no hacer de peor condición en ningún caso a las personas que accedan a la pensión de jubilación como consecuencia de un cese involuntario frente a las que accedan voluntariamente, los aplicativos de gestión e información harán los cálculos necesarios de forma automática para que se aplique la opción más beneficiosa -por resultar más favorable en determinados supuestos la aplicación de los coeficientes reductores recogidos en las tablas del apartado 2 de la DT 34ª que los que corresponderían de aplicarse los recogidos en el artículo 207 del TRLGSS o los correspondientes si fuese de aplicación la normativa anterior a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social al amparo de la disposición transitoria cuarta, punto 5 del TRLGSS-, siempre que se acredite la carencia de 35 años y se anticipe la jubilación entre 1 y 24 meses.

3. Resultado efectivo

El resultado efectivo de la aplicación de esta norma es a nuestro entender muy contradictorio, ya que se produce un agravio comparativo muy significativo entre aquellas personas con una base reguladora por encima de la pensión máxima y las que no lleguen a ella.

Para poder mostrar un ejemplo práctico de lo que para nosotros es un agravio vamos a suponer dos supuestos para la misma persona, pero suponiéndole en un caso una base reguladora ligeramente por encima del tope máximo de pensión y en otro ligeramente por debajo.

Tope máximo de pensión 2024 = 3175.04 €

  • Caso 1 B.R. = 3180 €
  • Caso 2 B.R. = 3170 €

Periodo cotizado 43 años y adelanto de la jubilación voluntaria en 24 meses

Criterio de la seguridad social para 2024

Ejemplo práctico Jubilación anticipada 2024. Caso 1
Al estar por encima del tope de pensión se le aplica la tabla de reducción sobre el tope máximo, es decir, un 5,3 %
 Jubilación anticipada 2024, tabla de reducción sobre el tope máximo

Tabla reducción sobre el tope máximo con más de 41,5 años cotizados y menos de 44,5.

3175,04 * 5.3% = 168,27 € de reducción ???? 3006,77 €

Ejemplo práctico Jubilación anticipada 2024. Caso 2
Al no estar por encima del tope máximo se le aplicará la reducción por los meses de adelanto, en este caso un 17%.
Jubilación anticipada 2024. Tabla reducción sin estar por encima del tope máximo de pensión

Tabla reducción sin estar por encima del tope máximo de pensión.

3170 * 17% = 538,9 € de reducción ???? 2631,10 €

Como podemos observar la diferencia de estos 5 euros por encima o por debajo del tope máximo de pensión en la base reguladora, provoca una diferencia de 375,67 € en la pensión final de los dos supuestos

Para mostrar un poco más claramente la discriminación de esta medida para las personas que no tengan una base reguladora por encima del tope máximo de pensión hemos realizado una simple ecuación, en la que despejaremos a partir de que importe de base reguladora una persona se le minorara la pensión por debajo de una persona en máximos:

3175,05 * 5.3% = ImporteSinMaximos * 17%

Despejamos el ImporteSinMaximos = (3175 *5.3%)/17% = 989,87 €

Conclusión, cualquier persona que tenga una base reguladora entre 989.87 y 3175,04 €, tendrá una reducción en importe absoluto de su pensión final mayor que la de una persona que tenga una base reguladora superior al tope máximo de pensión.

4. Jubilación anticipada 2024. Conclusión

Está claro que una penalización tan baja por el adelanto del máximo de mensualidades fijado por ley para las jubilaciones anticipadas voluntarias (24 mensualidades), hace de este año 2024 un año propicio para la solicitud de la jubilación anticipada siempre que se tenga una base reguladora por encima del tope máximo de pensión.

Y si la finalidad de la reforma del RD 2/2023 era alargar la vida laboral de las personas, para retrasar la edad media del comienzo del pago de las pensiones, con tales condiciones el efecto será todo el contrario al deseado creando lo que podríamos denominar efecto llamada para la solicitud de la jubilación anticipada.

Jubilación anticipada 2024, con base reguladora por encima de la pensión máxima

5. Como se mostrará esta modificación de la jubilación anticipada 2024 en el cálculo de pensiones, la aplicación de Creinsa pensiones

El programa cálculo de pensiones, sólo mostrará esta modificación para los cálculos con fecha de hecho causante para este 2024, que es por el cual la seguridad social ha emitido el comunicado.

Ya que como indica la seguridad social hasta que no se notifique el tope máximo de pensión del año del hecho causante no podremos saber si se está por encima o no, y como hemos mostrado en el ejemplo práctico unos pocos euros afectarán sustancialmente a la pensión final a percibir.

En nuestra aplicación cálculo de pensiones, no se tendrá que realizar ninguna operación añadida, el programa verificará la carencia, el importe de la base reguladora, el año de la solicitud, y presentará el resultado con los dos importes: el de aplicar el descuento por las mensualidades de adelanto contra la base reguladora y el de aplicar el párrafo segundo del artículo 210.3 LGSS, tal como mostramos en la imagen siguiente:

el programa cálculo de pensiones verificará la carencia, el importe de la base reguladora, el año de la solicitud, y presentará el resultado con los dos importes

En dicha imagen, podemos también observar que en caso de que la persona pudiera ser beneficiaria del complemento por la brecha de género, (2 hijos en este caso) aparecería ya sumado al importe final de la pensión aplicando el segundo párrafo del artículo 210.3 LGSS.

Igualmente, en el apartado de observaciones del informe en pdf de la simulación de Creinsa también aparecería dicha aclaración.

6. Jubilación anticipada 2024. Observaciones

Al ser la base reguladora de la pensión calculada superior al límite máximo de las pensiones públicas establecido, el coeficiente reductor, en estos casos, se aplica sobre el límite máximo de las pensiones pública, y no sobre el resultado de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda por años de cotización (segundo párrafo del artículo 210.3 LGSS)

Las bases de cotización futuras empleadas para el cálculo de la pensión han sido incrementadas por el porcentaje indicado en la pantalla de introducción de datos o en caso de no informar ningún valor en porcentaje del 2,00% para los años siguientes, en aplicación del objetivo de inflación del Banco Central Europeo.

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Por Creinsa

30 de octubre de 2024
Categorías: Pensiones